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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1363

Artículo 1363 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El legado de educación es cuando alguien deja en su testamento dinero o bienes para pagar los estudios de una persona. Ese apoyo no es para siempre: solo dura hasta que esa persona cumple la mayoría de edad, es decir, los 18 años. Cuando el beneficiario llega a esa edad, el legado se termina, aunque no haya terminado sus estudios. En resumen, es como una ayuda escolar que se acaba al hacerte adulto.

Texto oficial

Art. 1363.- El legado de educación dura hasta que el legatario sale de la menor edad.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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