- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1382
Artículo 1382 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te obliga con amenazas a hacer tu testamento, ya sea contra ti, tus cosas, tu pareja o tu familia, ese testamento no vale nada ante la ley. O sea, se considera nulo, como si nunca lo hubieras hecho. Lo importante es que firmaste por miedo, no porque realmente quisieras. Eso aplica también si las amenazas son contra los bienes o la vida de tu esposo(a) o parientes.
Texto oficial
Art. 1382.- Es nulo el testamento que haga el testador bajo la influencia de amenazas contra su persona o sus bienes, o contra la persona o bienes de su cónyuge o de sus parientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.