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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1386

Artículo 1386 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien hace su testamento solo respondiendo con gestos o diciendo "sí" o "no" a preguntas, ese testamento no vale para nada. La ley exige que la persona exprese su voluntad de forma clara y completa, no con señas o respuestas cortitas. O sea, tiene que quedar bien claro qué quiere dejar y a quién, sin andar adivinando. Si no se cumple eso, el testamento se considera nulo, como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Art. 1386.- Es nulo el testamento en que el testador no exprese cumplida y claramente su voluntad, sino solo por señales o monosílabos en respuesta a las preguntas que se le hacen.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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