- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 140
Artículo 140 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los esponsales son la promesa formal de casarse, como cuando una pareja se compromete. Según este artículo, solo las personas que ya cumplieron 18 años pueden hacer ese compromiso legal. Si eres menor de edad, aunque tu familia o tú quieran, la ley no te permite formalizar esa promesa. En pocas palabras, para prometer matrimonio ante la ley, primero debes ser mayor de edad.
Texto oficial
Art. 140. Sólo pueden celebrar esponsales los hombres y mujeres que han cumplido dieciocho años.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.