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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/141
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
141

Artículo 141 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no se usa, fue eliminado de la ley en enero de 2018. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa regla ya no tiene validez ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplir algo que ya no existe.

Texto oficial

Art. 141. DEROGADO. P.O. 08 DE ENERO DE 2018.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.