- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1400
Artículo 1400 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hace su testamento) no habla español, tiene que llevar un intérprete que él mismo elija para que esté presente cuando se haga el testamento. Ese intérprete también debe firmar el documento junto con el testador. Sirve para asegurarse de que todo se entienda bien y que el testador sepa exactamente qué está diciendo.
Texto oficial
Art. 1400.- Cuando el testador ignore el idioma del país, un intérprete nombrado por el mismo testador concurrirá al acto y firmará el testamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.