- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1420
Artículo 1420 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el testamento viene en un sobre cerrado y alguien más firmó por ti porque no podías hacerlo, esa persona tiene que ir contigo ante el notario. Ahí, tú dirás que ella firmó en tu nombre, y ella tiene que poner su firma en el sobre junto con los testigos y el notario. Sirve para comprobar que todo se hizo con tu permiso y que nadie está inventando nada.
Texto oficial
Art. 1420.- En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquella persona rubricó y firmó en su nombre y ésta firmará en la cubierta con los testigos y el notario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.