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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1420

Artículo 1420 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el testamento viene en un sobre cerrado y alguien más firmó por ti porque no podías hacerlo, esa persona tiene que ir contigo ante el notario. Ahí, tú dirás que ella firmó en tu nombre, y ella tiene que poner su firma en el sobre junto con los testigos y el notario. Sirve para comprobar que todo se hizo con tu permiso y que nadie está inventando nada.

Texto oficial

Art. 1420.- En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquella persona rubricó y firmó en su nombre y ésta firmará en la cubierta con los testigos y el notario.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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