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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1437

Artículo 1437 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes quitar tu testamento cuando tú quieras, si te arrepientes de lo que escribiste o simplemente cambias de idea. Pero para que te lo devuelvan, tienes que hacerlo con los mismos trámites y formalidades que usaste cuando lo entregaste. Es decir, no es solo ir y pedirlo, hay que seguir el mismo procedimiento para que sea válido. La ley busca que no haya pierde ni confusiones sobre quién tiene el testamento y en qué momento.

Texto oficial

Art. 1437.- El testador puede retirar, cuando le parezca, su testamento; pero la devolución se hará con las mismas solemnidades que la entrega.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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