- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1439
Artículo 1439 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el juez recibe un testamento cerrado (ese que viene sellado y nadie sabe qué trae adentro), tiene que llamar al notario y a los testigos que estuvieron presentes cuando se hizo. Su objetivo es que ellos confirmen que el testamento es auténtico y que se cumplió el procedimiento. En pocas palabras, es como verificar que el sobre esté bien cerrado y que todo se hizo legalmente antes de abrirlo.
Texto oficial
Art. 1439.- Luego que el juez reciba un testamento cerrado, hará comparecer al Notario y a los testigos que concurrieron a su otorgamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.