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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1445

Artículo 1445 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu testamento cerrado aparece roto por dentro, o la cubierta está abierta, o las firmas de quienes lo autorizan están borradas, raspadas o corregidas, ya no vale nada, aunque lo que diga adentro esté bien. O sea, el sobre o el papel que lo protege debe estar intacto y con las firmas limpias, porque si no, se considera que no es válido. Esto es para evitar que alguien lo altere o lo use de forma tramposa. Por lo tanto, si notas cualquier daño así, el testamento no se tomará en cuenta.

Texto oficial

Art. 1445.- El testamento cerrado quedará sin efecto siempre que se encuentre roto el pliego interior o abierto el que forma la cubierta, o borradas, raspadas o enmendadas las firmas que lo autorizan, aunque el contenido no sea vicioso.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.