- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1455
Artículo 1455 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes ir a sacar tu testamento del archivo cuando quieras, ya sea en persona o mandando a alguien con un poder especial firmado ante notario. Al entregártelo, te van a hacer firmar un acta junto con el encargado de la oficina, para que quede como evidencia de que ya lo tienes de vuelta.
Texto oficial
Art. 1455.- En cualquier tiempo el testador tendrá derecho de retirar del archivo, personalmente o por medio de mandatario con poder solemne y especial, el testamento depositado; haciéndose constar la entrega en una acta que firmarán el interesado y el encargado de la oficina.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.