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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1480
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1480

Artículo 1480 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley, porque fue eliminado en el año 2000. Así que no tiene ningún efecto legal hoy en día. Piensa en él como una regla que se borró del libro y ya no se usa para nada. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Art. 1480.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.