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- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1480
Artículo 1480 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley, porque fue eliminado en el año 2000. Así que no tiene ningún efecto legal hoy en día. Piensa en él como una regla que se borró del libro y ya no se usa para nada. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso.
Texto oficial
Art. 1480.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.