- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1500
Artículo 1500 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El parentesco de afinidad es el que se forma con los familiares de tu pareja (por ejemplo, los papás de tu esposo o de tu esposa, o sus hermanos). Según este artículo, esos familiares políticos no tienen derecho a heredar tus bienes cuando tú mueras. O sea, aunque quieras mucho a tu suegra o a tu cuñado, la ley no los considera herederos automáticos. Solo los parientes por sangre o por adopción pueden heredar si no dejas testamento.
Texto oficial
Art. 1500.- El parentesco de afinidad no da derecho de heredar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.