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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1502

Artículo 1502 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los familiares están en el mismo nivel de parentesco, como por ejemplo dos hermanos, los dos heredan lo mismo, sin que uno reciba más que el otro. O sea, se divide la herencia en partes iguales entre todos los que estén en ese mismo grado. Esto aplica aunque no sean hermanos, sino primos o sobrinos, siempre y cuando estén en la misma posición familiar. La ley no le da preferencia a nadie si están en el mismo nivel.

Texto oficial

Art. 1502.- Los parientes que se hallaren en el mismo grado, heredarán por partes iguales.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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