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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1527

Artículo 1527 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si solo hay hermanos que son hijos de los mismos papá y mamá (hermanos completos, no medios hermanos), todos heredan lo mismo, en partes iguales. No importa si uno es mayor o menor, ni si uno tiene más necesidad; la herencia se reparte parejo entre todos ellos. Esto aplica cuando no hay otros familiares más cercanos, como hijos o esposo(a). En pocas palabras: hermanos completos, mismo trato y mismo monto.

Texto oficial

Art. 1527.- Si solo hay hermanos por ambas líneas, sucederán por partes iguales.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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