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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
16

Artículo 16 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que si vives en este Estado, tienes que hacer tus cosas y usar tus bienes sin chingar a los demás. O sea, no puedes hacer nada que perjudique a la comunidad, como tirar basura en la calle o hacer ruido a lo pendejo. Si lo haces, te van a aplicar un castigo que ya está previsto en este Código y en otras leyes. Es básicamente pedirte que seas considerado con tus vecinos, porque si no, te metes en problemas.

Texto oficial

Art. 16.- Los habitantes del Estado tienen obligación de ejercer sus actividades y de usar y disponer de sus bienes, en forma que no perjudique a la colectividad, bajo las sanciones establecidas en este Código y en las leyes relativas.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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