- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1608
Artículo 1608 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el albacea (la persona encargada de cumplir lo que dice el testamento) tiene el testamento en sus manos, tiene que mostrarlo a las autoridades o a los interesados dentro de los 8 días después de que la persona muera. Esto se hace para que nadie lo oculte y todos sepan qué dice el documento. El plazo empieza a contar desde el día del fallecimiento, no desde otro momento. Si no lo presenta a tiempo, puede meterse en problemas legales.
Texto oficial
Art. 1608.- Si el albacea ha sido nombrado en testamento y lo tiene en su poder, debe presentarlo dentro de los ocho días siguientes a la muerte del testador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.