- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 164
Artículo 164 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estás casado o casada, tú y tu pareja tienen que cooperar con dinero para pagar los gastos de la casa y mantener a sus hijos, aunque pueden ponerse de acuerdo en cuánto pone cada quien según lo que ganen. Si uno de los dos no tiene dinero ni forma de trabajar, o se dedica principalmente a cuidar el hogar y a los niños, entonces no está obligado a aportar dinero; el otro tiene que cubrir todo. Además, quedarse en casa cuidando a los hijos o haciendo las labores del hogar cuenta como una aportación económica ante la ley, aunque no sea dinero. Por último, tener más o menos dinero no afecta los demás derechos y obligaciones que tienen como pareja, porque esos siempre son iguales para los dos.
Texto oficial
Art. 164. Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a tal efecto solventarán sus alimentos y los de sus hijas o hijos, sin perjuicio de distribuirse la carga económica en la forma y proporción que acuerden según sus posibilidades. (REFORMADO, P.O. 08 DE ENERO DE 2018) No tiene la obligación que impone este artículo el cónyuge que carezca de bienes propios y esté imposibilitado para trabajar, ni el que se ocupe preponderantemente de las labores del hogar o del cuidado de las hijas o hijos, en cuyo caso el otro solventará íntegramente esos conceptos. (REFORMADO, P.O. 08 DE ENERO DE 2018) El desempeño preponderante del trabajo en el hogar o el cuidado de las hijas o hijos, se estimará para los efectos civiles como contribución económica al sostenimiento del hogar y al patrimonio familiar. (ADICIONADO, [N. DE E. RECORRIDO] P.O. 05 DE DICIEMBRE DE 2014) Los demás derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar. (REFORMADO, P.O. 08 DE ENERO DE 2018)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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