- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1703
Artículo 1703 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te hace una oferta sin decirte hasta cuándo, y no está presente contigo (por ejemplo, por carta o mensaje), esa persona tiene que esperar tres días, más el tiempo que tarde el correo en ir y volver. Si no hay correo en tu zona, se calcula un tiempo razonable según lo lejos que estén y lo fácil o difícil que sea comunicarse. Durante ese tiempo, quien hizo la oferta no puede cambiar de opinión o retirarla. Después de ese plazo, ya queda libre para hacer lo que quiera.
Texto oficial
Art. 1703.- Cuando la oferta se haga sin fijación de plazo a una persona no presente, el autor de la oferta quedará ligado durante tres días, además del tiempo necesario para la ida y vuelta regular del correo público, o del que se juzgue bastante, no habiendo correo público, según las distancias y la facilidad o dificultad de las comunicaciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.