- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1713
Artículo 1713 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te engaña a propósito o de mala fe para que firmes un contrato, y ese engaño fue lo que te llevó a aceptar, el contrato se puede anular. También cuenta si el engaño lo hizo otra persona, pero la otra parte del contrato sabía lo que estaba pasando. Lo importante es que ese truco haya sido la razón principal por la que dijiste que sí. En esos casos, el contrato no vale y se puede dejar sin efecto.
Texto oficial
Art. 1713.- El dolo o mala fé de una de las partes y el dolo que proviene de un tercero, sabiéndolo aquélla, anulan el contrato si ha sido la causa determinante de este acto jurídico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.