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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1724
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1724

Artículo 1724 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El contrato tiene que comprometerte a algo que sí se pueda hacer o dejar de hacer. Lo que prometas no puede ser algo imposible de cumplir ni algo prohibido por la ley. Si el compromiso es imposible o ilegal, el contrato no vale.

Texto oficial

Art. 1724.- El hecho positivo o negativo, objeto del contrato debe ser: I.- Posible; II.- Lícito.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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