- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1772
Artículo 1772 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El endoso en blanco significa que la persona que traspasa un documento (como un cheque o pagaré) solo firma, sin poner a nombre de quién lo da. Pero ojo: aunque lo firmes así, no puedes usar o cobrar los derechos de ese documento hasta que completes todos los datos que pide la ley, como el nombre a quién se lo das. Es decir, la firma sola no basta para hacer válido el traspaso. Necesitas llenar el documento con lo que marca el artículo anterior para que funcione. En corto: si no lo llenas bien, no puedes ejercer lo que te toca del papel.
Texto oficial
Art. 1772.- El endoso puede hacerse en blanco, con la sola firma del endosante, sin ninguna otra indicación; pero no podrán ejercitarse los derechos derivados del endoso sin llenarlo con todos los requisitos exigidos por el artículo que precede.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.