- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1792
Artículo 1792 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te da dinero o cosas para hacer algo ilegal o que va contra las buenas costumbres, esa persona no se queda con lo que recibió. El gobierno se queda con la mitad de lo entregado, y la otra mitad la puede recuperar quien lo dio, aunque haya participado en algo malo. La ley divide el asunto para que el que recibió no se beneficie, y el que entregó no pierda todo, pero tampoco salga limpio.
Texto oficial
Art. 1792.- Lo que se hubiere entregado para la realización de un fin que sea ilícito o contrario a las buenas costumbres, no quedará en poder del que lo recibió. El cincuenta por ciento lo percibirá el Estado y el otro cincuenta por ciento tiene derecho de recuperarlo el que lo entregó. CAPITULO IV DE LA GESTION DE NEGOCIOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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