- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1834
Artículo 1834 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una condición es resolutoria, significa que lo pactado está vigente hasta que ocurra lo que se acordó. Si esa condición se cumple, el trato se deshace por completo. Todo lo que se haya dado o hecho regresa a como estaba antes, como si nunca hubieran hecho ese acuerdo. En otras palabras, se borra el pasado y cada quien recupera lo suyo.
Texto oficial
Art. 1834.- La condición es resolutoria cuando cumplida resuelve la obligación volviendo las cosas al estado que tenían, como si esa obligación no hubiere existido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.