- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1902
Artículo 1902 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una obligación indivisible se perdone o se reduzca (quita), todos los acreedores tienen que estar de acuerdo. No basta con que uno solo lo quiera, porque como la deuda no se puede dividir, cada acreedor afecta a los demás. Así que se necesita el visto bueno de todos para perdonar o rebajar la deuda. Esto aplica cuando hay varios acreedores y la obligación no se puede partir en partes separadas.
Texto oficial
Art. 1902.- Solo por el consentimiento de todos los acreedores puede remitirse la obligación indivisible o hacerse una quita de ella.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.