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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1963
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1963

Artículo 1963 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el artículo 1960 se refiere a un caso donde alguien actúa por ti, entonces aquí aplican las mismas reglas que para un mandato (un contrato donde le das permiso a alguien para que haga algo en tu nombre). En otras palabras, se sigue lo que dice la ley sobre cómo se maneja esa autorización, como los límites de lo que esa persona puede hacer y cómo responde por sus acciones. Es como si le dieras un poder a un conocido para que firme o haga trámites por ti, y eso se rige por las normas del mandato. Nada más eso: se remite a esas reglas para resolver el caso anterior.

Texto oficial

Art. 1963.- En el caso del artículo 1960 se observarán las disposiciones relativas al mandato.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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