- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2016
Artículo 2016 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te vende o te transfiere algo y resulta que no era suyo o tenía problemas legales, la ley te protege. En ese caso, el vendedor tiene que responder por ese problema, que se llama evicción. Pero si el vendedor sabía que el problema existía desde antes y aun así te lo ocultó, cualquier acuerdo donde te decía que no respondería es inválido, o sea, no sirve para nada. La ley dice que ese pacto es nulo, así que no tienes que preocuparte por haberlo firmado.
Texto oficial
Art. 2016.- Es nulo todo pacto que exima al que enajene de responder por la evicción, siempre que hubiere mala fé de parte suya.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.