- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2093
Artículo 2093 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí te va en fácil: si un acreedor (a quien le deben dinero) le debe algo al deudor principal (el que pidió el préstamo), el fiador (quien avala la deuda) sí puede usar esa deuda para pagar menos o no pagar cuando le pidan. Pero al revés no funciona: el deudor principal no puede decir "me descuento lo que el acreedor le debe al fiador" para cubrir su propia deuda. En resumen, el fiador tiene una ventaja que el deudor no puede usar, aunque ambos estén en el mismo asunto. Es una regla que protege al fiador para que no pague de más si el acreedor ya le debe al principal.
Texto oficial
Art. 2093.- El fiador puede utilizar la compensación de lo que el acreedor deba al deudor principal; pero éste no puede oponer la compensación de lo que el acreedor deba al fiador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.