- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2102
Artículo 2102 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien muere y deja una herencia, y a esa persona le debías dinero (o ella te debía a ti), esa deuda no se borra automáticamente solo por el hecho de heredar. Esto aplica mientras se está repartiendo la herencia entre los herederos, es decir, en el proceso de dividir los bienes. La "confusión" aquí significa que la deuda desaparece porque la misma persona resulta ser deudor y acreedor a la vez. Así que, en pocas palabras: mientras no termine el reparto de la herencia, la deuda sigue existiendo y no se perdona por arte de magia.
Texto oficial
Art. 2102.- Mientras se hace la partición de una herencia, no hay confusión cuando el deudor hereda al acreedor o éste a aquél. CAPITULO III DE LA REMISION DE LA DEUDA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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