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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2102

Artículo 2102 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien muere y deja una herencia, y a esa persona le debías dinero (o ella te debía a ti), esa deuda no se borra automáticamente solo por el hecho de heredar. Esto aplica mientras se está repartiendo la herencia entre los herederos, es decir, en el proceso de dividir los bienes. La "confusión" aquí significa que la deuda desaparece porque la misma persona resulta ser deudor y acreedor a la vez. Así que, en pocas palabras: mientras no termine el reparto de la herencia, la deuda sigue existiendo y no se perdona por arte de magia.

Texto oficial

Art. 2102.- Mientras se hace la partición de una herencia, no hay confusión cuando el deudor hereda al acreedor o éste a aquél. CAPITULO III DE LA REMISION DE LA DEUDA

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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