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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2127

Artículo 2127 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un contrato (un acuerdo entre dos personas) se hace inválido porque una de ellas no tenía capacidad para firmar, lo firmó bajo amenazas o por un error, se puede arreglar después. Esto significa que, una vez que ya no exista el problema (por ejemplo, que ya no haya amenaza o que se corrija el error), el contrato se puede "confirmar" para que valga. Pero solo se puede confirmar si no hay otra razón que lo haga inválido, o sea, que el arreglo no tenga fallas también. En otras palabras, se da una segunda oportunidad para que el contrato sea legal, pero solo si el defecto original ya se resolvió por completo.

Texto oficial

Art. 2127.- Cuando el contrato es nulo por incapacidad, violencia o error, puede ser confirmado cuando cese el vicio o motivo de nulidad, siempre que no concurra otra causa que invalide la confirmación.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.