- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2139
Artículo 2139 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien te promete que va a hacer un contrato contigo, esa promesa solo te obliga a hacer algo: firmar ese contrato tal y como lo prometieron. No te obliga a entregar cosas, pagar dinero ni nada parecido, sino solo a cumplir con lo que se acordó para celebrar el contrato. En otras palabras, si te prometen, por ejemplo, venderte un terreno, lo único que puedes exigir es que se haga el contrato de compraventa, no que te entreguen el terreno todavía.
Texto oficial
Art. 2139.- La promesa de contrato sólo dá origen a obligaciones de hacer, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.