- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2177
Artículo 2177 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando compras algo, la persona que te lo vende tiene tres obligaciones principales: primero, entregarte el producto o la cosa que acordaron; segundo, asegurarse de que lo que te da sirve y tiene la calidad prometida; y tercero, responder si alguien más reclama que ese producto es de su propiedad y tú pierdes el derecho a quedártelo. En pocas palabras, el vendedor debe darte lo prometido, que esté en buen estado y defenderte si hay problemas legales con la venta.
Texto oficial
Art. 2177.- El vendedor está obligado: I.- A entregar al comprador la cosa vendida; II.- A garantizar las calidades de la cosa; III.- A prestar la evicción. CAPITULO V DE LA ENTREGA DE LA COSA VENDIDA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.