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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2184

Artículo 2184 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en un contrato de compra-venta de un terreno o casa se ponen los límites exactos (los linderos), el vendedor tiene que entregar todo lo que quede dentro de esos límites, aunque las medidas que se anotaron estén mal. O sea, si el terreno resulta más grande o más chico de lo que dice el papel, no importa: lo que vale es lo que está marcado por los linderos. El vendedor no puede dar menos ni cobrar más por la diferencia. Todo lo que esté dentro de esos límites es tuyo, tal cual se acordó.

Texto oficial

Art. 2184.- Si en la venta de un inmueble se han designado los linderos, el vendedor estará obligado a entregar todo lo que dentro de ellos se comprenda, aunque haya exceso o disminución en las medidas expresadas en el contrato.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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