- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pues mira, ser "persona" aquí no es nada más ser humano, sino que significa que alguien puede tener derechos (como que te paguen un sueldo o te respeten tu propiedad) y también obligaciones (como pagar impuestos o cumplir un contrato). En resumen, si eres "persona" ante la ley, puedes exigir cosas, pero también te pueden exigir a ti. Cualquier persona, sin importar edad o condición, entra en esta definición. Es como el "permiso" que te da la ley para participar en el mundo legal.
Texto oficial
Art. 22.- Persona es todo titular de derechos y obligaciones y sujeto de deberes jurídicos. (ADICIONADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.