- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2226
Artículo 2226 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La donación es un acuerdo donde tú le das a otra persona algo que ya es tuyo, como dinero, un carro o una casa, sin recibir nada a cambio. Solo puedes donar lo que tienes en ese momento, no lo que esperas tener en el futuro. Es un regalo formal, pero con efectos legales: al donar, dejas de ser dueño de eso y la otra persona pasa a serlo. No incluye bienes que aún no existen o que no te pertenecen hoy.
Texto oficial
Art. 2226.- Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.