- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2229
Artículo 2229 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una donación es "pura" cuando se regala algo sin ninguna condición, es decir, sin que dependa de que pase nada más. En cambio, es "condicional" cuando el regalo solo se hace si ocurre algo que no sabes si va a pasar. Por ejemplo, si te dan un coche tal cual, es pura; pero si te dicen que te lo dan solo si pasas el examen, es condicional. O sea, la diferencia está en si el regalo se da de una vez o si depende de un "si".
Texto oficial
Art. 2229.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos, y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.