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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2229

Artículo 2229 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una donación es "pura" cuando se regala algo sin ninguna condición, es decir, sin que dependa de que pase nada más. En cambio, es "condicional" cuando el regalo solo se hace si ocurre algo que no sabes si va a pasar. Por ejemplo, si te dan un coche tal cual, es pura; pero si te dicen que te lo dan solo si pasas el examen, es condicional. O sea, la diferencia está en si el regalo se da de una vez o si depende de un "si".

Texto oficial

Art. 2229.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos, y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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