- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2243
Artículo 2243 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien regala todos sus bienes, pero se guarda algunos para hacer su testamento sin decir exactamente cuáles, la ley entiende que se reservó la mitad de todo lo que donó. Es decir, aunque no lo especifique, automáticamente se queda con el 50% de sus cosas para repartirlas como quiera en su testamento. Esto es para proteger que siempre tenga algo que dejar por escrito.
Texto oficial
Art. 2243.- Si el que hace donación general de todos sus bienes, se reserva algunos para testar, sin otra declaración, se entenderá reservada la mitad de los bienes donados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.