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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/229
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
229

Artículo 229 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no se usa. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Además, se menciona que fue reformado en el año 2000, pero después se quitó por completo en enero de 2018. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él porque ya no existe en la ley.

Texto oficial

Art. 229.- DEROGADO. P.O. 08 DE ENERO DE 2018. (REFORMADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.