- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2326
Artículo 2326 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el lugar que rentas no se puede usar por completo, solo en una parte, puedes pedir que te bajen la renta, y el monto lo deciden expertos (peritos). Pero si el problema dura mucho tiempo, tú y el dueño pueden decidir terminar el contrato. Si tienes un local comercial y las autoridades ordenan cerrar tu negocio por una emergencia sanitaria o de protección civil, también tienes derecho a que te rebajen la renta mientras dure esa orden. El descuento se hace según lo que acuerden tú y el arrendador, o si no se ponen de acuerdo, lo decide la autoridad.
Texto oficial
Art. 2326.- Si solo se impide en parte el uso de la cosa, podrá el arrendatario pedir la reducción parcial de la renta, a juicio de peritos, a no ser que las partes opten por la rescisión del contrato, si el impedimento dura el tiempo fijado en el artículo anterior. (ADICIONADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. 02 DE OCTUBRE DE 2020) Los arrendatarios de bienes inmuebles en los cuales se realicen actividades de giro comercial y que resulten perturbados en el disfrute de los mismos como consecuencia de la aplicación de declaratoria de emergencia de protección civil o sanitaria emitida por autoridad competente, en la cual se ordene el cese de las operaciones comerciales del giro comercial que le resulte aplicable, podrán tener derecho a una rebaja de la renta durante el tiempo que dure la declaratoria de emergencia y la prohibición de la apertura de sus comercios sobre la circunscripción territorial en la que se ubique el inmueble en términos de lo pactado entre el arrendador y arrendatario o a falta de acuerdo, lo que defina la autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.