- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2337
Artículo 2337 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el que renta acepta la casa o local sin que en el contrato se diga cómo está el lugar, la ley da por hecho que lo recibió en buen estado. Eso quiere decir que, si después dice que estaba dañado, le toca a él demostrarlo con pruebas. Pero si tiene evidencias de que ya estaba mal desde el principio, puede pelear eso. En resumen: si no lo anotas al firmar, se asume que todo estaba bien.
Texto oficial
Art. 2337.- La ley presume que el arrendatario que admitió la cosa arrendada sin la descripción expresada en el artículo anterior, la recibió en buen estado, salvo la prueba en contrario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.