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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2337

Artículo 2337 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el que renta acepta la casa o local sin que en el contrato se diga cómo está el lugar, la ley da por hecho que lo recibió en buen estado. Eso quiere decir que, si después dice que estaba dañado, le toca a él demostrarlo con pruebas. Pero si tiene evidencias de que ya estaba mal desde el principio, puede pelear eso. En resumen: si no lo anotas al firmar, se asume que todo estaba bien.

Texto oficial

Art. 2337.- La ley presume que el arrendatario que admitió la cosa arrendada sin la descripción expresada en el artículo anterior, la recibió en buen estado, salvo la prueba en contrario.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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