- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2367
Artículo 2367 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si rentas dos o más animales que se usan juntos como un equipo, como una yunta de bueyes o un tiro de caballos, y uno de ellos se lastima o deja de servir, el contrato se cancela. Pero hay una excepción: el dueño de los animales puede darte otro para reemplazar al que falló, y ahí el trato sigue. En pocas palabras, si el conjunto se rompe, tú puedes salir del contrato, a menos que el dueño complete el equipo con un animal nuevo.
Texto oficial
Art. 2367.- Cuando se arrienden dos o mas animales que forman un todo, como una yunta o un tiro, y uno de ellos se inutiliza, se rescinde el arrendamiento, a no ser que el dueño quiera dar otro que forme un todo con el que sobrevivió.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.