- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2391
Artículo 2391 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El comodato es un acuerdo donde una persona te presta algo gratis, como una herramienta o un libro, pero ese algo no se gasta ni se consume (no fungible). Tú te comprometes a devolver exactamente esa misma cosa, no una parecida o igual. Es un préstamo de uso, no de propiedad, así que no puedes quedártelo ni venderlo. Solo tienes que cuidarlo y regresarlo cuando se acuerde. En resumen: te prestan algo, lo usas sin pagar y lo devuelves tal cual te lo dieron.
Texto oficial
Art. 2391.- El comodato es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible, y el otro contrae la obligación de restituirla individualmente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.