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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2433

Artículo 2433 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El secuestro es cuando un juez deja una cosa que está en disputa en manos de una persona que no es ninguna de las que pelean por ella. Esa persona la guarda como si fuera un depósito, hasta que el juez decida quién se la lleva al final del pleito.

Texto oficial

Art. 2433.- El secuestro es el depósito de una cosa litigiosa en poder de un tercero, hasta que se decida a quien debe entregarse.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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