- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes el derecho y la obligación de usar tu nombre completo (tu nombre y tus apellidos) cuando hagas cualquier trámite o firme un documento legal, como un contrato, un testamento o un acuerdo. O sea, no puedes usar solo un apodo o una parte de tu nombre; debe ir tu nombre tal cual aparece en tu acta de nacimiento. Esto aplica para todos, sin excepción, y es para que no haya confusiones sobre quién eres. La ley fue actualizada en enero de 2023 para dejar esto bien claro.
Texto oficial
Art. 25.- Toda persona tiene el derecho y el deber de ostentar su nombre completo en los actos jurídicos en que intervenga. (REFORMADO, P.O. 18 DE ENERO DE 2023)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.