- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 253
Artículo 253 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El matrimonio se considera válido desde el momento en que se celebra, sin que nadie tenga que demostrar que está bien hecho. Solo deja de ser válido si un juez, después de un juicio, lo declara nulo con una decisión final que ya no se puede apelar. En otras palabras, mientras no haya una orden judicial firme en contra, el matrimonio sigue siendo legal y válido. No existen formas "automáticas" de que se anule; siempre tiene que intervenir un tribunal.
Texto oficial
Art. 253.- El matrimonio tiene a su favor la presunción de ser válido; sólo se considerará nulo cuando así lo declare una sentencia que cause ejecutoria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.