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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
253

Artículo 253 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El matrimonio se considera válido desde el momento en que se celebra, sin que nadie tenga que demostrar que está bien hecho. Solo deja de ser válido si un juez, después de un juicio, lo declara nulo con una decisión final que ya no se puede apelar. En otras palabras, mientras no haya una orden judicial firme en contra, el matrimonio sigue siendo legal y válido. No existen formas "automáticas" de que se anule; siempre tiene que intervenir un tribunal.

Texto oficial

Art. 253.- El matrimonio tiene a su favor la presunción de ser válido; sólo se considerará nulo cuando así lo declare una sentencia que cause ejecutoria.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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