Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2574
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2574

Artículo 2574 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los socios solo pueden ser sacados de la empresa si hay una razón que esté escrita en las reglas del grupo (los estatutos). O sea, no te pueden correr a lo loco, solo si está claro en el contrato desde el principio. Si los estatutos no dicen nada de eso, no te pueden excluir.

Texto oficial

Art. 2574.- Los asociados solo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.