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- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2574
Artículo 2574 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los socios solo pueden ser sacados de la empresa si hay una razón que esté escrita en las reglas del grupo (los estatutos). O sea, no te pueden correr a lo loco, solo si está claro en el contrato desde el principio. Si los estatutos no dicen nada de eso, no te pueden excluir.
Texto oficial
Art. 2574.- Los asociados solo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.