Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2577
- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2577
Artículo 2577 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ser socio de una asociación no es algo que puedas vender, regalar o pasar a otra persona. Si tú eres asociado, tu lugar en la asociación es tuyo y solo tuyo, nadie más puede ocuparlo. Esto significa que no puedes ceder tu membresía a un familiar o amigo, aunque quieras. En pocas palabras, tu papel como asociado no se puede traspasar a nadie más.
Texto oficial
Art. 2577.- La calidad de asociado es intransferible.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.