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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2580
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2580

Artículo 2580 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las asociaciones de beneficencia son grupos que ayudan a personas necesitadas, como fundaciones o comedores comunitarios. Este artículo dice que esas organizaciones no se rigen por las reglas normales de las sociedades, sino por leyes especiales creadas para ellas. En otras palabras, cada una se maneja con sus propias reglas según el tipo de ayuda que brinda. Así que si tienes una asociación así, debes fijarte en esas leyes específicas, no en las generales.

Texto oficial

Art. 2580.- Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes. II DE LAS SOCIEDADES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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