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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2587

Artículo 2587 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tú y tus socios firman un contrato para formar una sociedad, no basta con que lo firmen entre ustedes. Ese contrato tiene que registrarse en un libro oficial llamado Registro de Sociedades Civiles. Si no lo registran, el contrato solo les aplica a ustedes, pero no afecta a otras personas ajenas, como proveedores o clientes. Es decir, si alguien más tiene un problema con la sociedad, ese tercero no estará obligado a reconocer lo que dice el contrato si no está inscrito. En pocas palabras: registrar el contrato es como hacerlo público para que tenga validez frente a todos.

Texto oficial

Art. 2587.- El contrato de sociedad debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles para que produzca efectos contra tercero.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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