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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2588

Artículo 2588 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una sociedad civil (que es un grupo de personas que se unen para un fin común que no es comercial) decide adoptar la forma de una sociedad mercantil (como una S.A. o S. de R.L.), entonces esa sociedad ya no se rige por las reglas civiles, sino por las leyes de comercio. O sea, desde ese momento, todos sus asuntos se manejan con las mismas reglas que cualquier empresa que hace negocios. En pocas palabras, si te organizas como empresa, te tratan como empresa, sin importar que tu actividad original no fuera lucrativa.

Texto oficial

Art. 2588.- Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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