- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2588
Artículo 2588 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una sociedad civil (que es un grupo de personas que se unen para un fin común que no es comercial) decide adoptar la forma de una sociedad mercantil (como una S.A. o S. de R.L.), entonces esa sociedad ya no se rige por las reglas civiles, sino por las leyes de comercio. O sea, desde ese momento, todos sus asuntos se manejan con las mismas reglas que cualquier empresa que hace negocios. En pocas palabras, si te organizas como empresa, te tratan como empresa, sin importar que tu actividad original no fuera lucrativa.
Texto oficial
Art. 2588.- Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.